--En artículo 12 de la Ley 23/92 (del 30 de julio) de Seguridad Privada viene estipulado claramente cual son las funciones de un vigilante de Seguridas, así como en el reglamento de la Seguridad Privada.
--El artículo 76 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, establece claramente y deja claro que una de sus funciones es de protección de bienes inmuebles, así como de las personas que se encuentren en ellos, y los vigilantes de seguridad deberán realizar las comprobaciones, registros y prevenciones necesarios para el cumplimiento de su misión, independientemente del lugar donde desempeñen su función, ya que para eso son contratados.
Y añade el artículo 77 del citado Reglamento que “en los controles de accesos o en el interior de los inmuebles de cuya vigilancia y seguridad estuvieran encargados, los vigilantes podrán realizar controles de identidad de personas y,
si procede, impedir su entrada, sin retener la documentación personal…”.(subrayo lo de si procede por que los requisitos para entrar o no deberán estar estipulados para el vigilante)
Las funciones del personal de seguridad, en cuanto complementarias y subordinadas respecto de las de seguridad pública (artículo 1 de la Ley 23/1992), han de ceñirse a la colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siguiendo las instrucciones que éstas les impartan.Es decir que actuarán como auxiliares de la Policía;En este sentido, el artículo 66 del repetido Reglamento dispone que “el personal de seguridad privada tendrá obligación especial de auxiliar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones, de prestarles su colaboración y de seguir sus instrucciones en relación con las personas, los bienes, establecimientos o vehículos de cuya protección, vigilancia o custodia estuvieren encargados”.
En cuanto a los principios de actuación, el artículo 1.3 de la Ley 23/1992, y el artículo 67 de su Reglamento de desarrollo establecen que “el personal de seguridad privada se atendrá en sus actuaciones a los principios de integridad y dignidad;
protección y trato correcto a las personas,evitando abusos, arbitrariedades y violencias y actuando con congruencia y proporcionalidad en la utilización de sus facultades y de los medios disponibles”, por lo que si para proteger bienes o personas deben comprobar mediante escaner que nadie porta armas pues están perfectamente habilitados para ello.
Espero haberte sacado de dudas compañero....
