Control de abcesos (centros privados)

En este foro se habla de defensa policial y militar (métodos, armamento, etc.), así como de los aspectos jurídicos implicados (legislación sobre agresiones, etc). Se evitará entrar en debates políticos, y se potenciará el debate técnico. Este NO es un foro de sucesos ni de política.

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Loup
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Control de abcesos (centros privados)

Mensaje por Loup »

Hola, amigos,
A propósito del control de abcesos de la mayoría de los centros oficiales de carácter público, consistentes en pasar por una especie puerta, donde los guardias jurados, previo examen del escáner en una pantalla de ordenador -que realiza una especie de radiografía de las cosas que porta el individuo- determinan el acceso al interior de las dependencias, entregando una consigna que se tendrá que devolver a la salida, me ha llamado poderosamente la atención, que, de un tiempo a ésta parte, en ciertos centros de carácter privado (clubes deportivos, bibliotecas, museos...) se ha impuesto éste tipo de controles de seguridad. ¿Esto es legal o responde a cuestiones puramente estadísticas?

Un saludo,

Loup :o
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bur
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Re: Control de abcesos (centros privados)

Mensaje por bur »

--En artículo 12 de la Ley 23/92 (del 30 de julio) de Seguridad Privada viene estipulado claramente cual son las funciones de un vigilante de Seguridas, así como en el reglamento de la Seguridad Privada.

--El artículo 76 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, establece claramente y deja claro que una de sus funciones es de protección de bienes inmuebles, así como de las personas que se encuentren en ellos, y los vigilantes de seguridad deberán realizar las comprobaciones, registros y prevenciones necesarios para el cumplimiento de su misión, independientemente del lugar donde desempeñen su función, ya que para eso son contratados.

Y añade el artículo 77 del citado Reglamento que “en los controles de accesos o en el interior de los inmuebles de cuya vigilancia y seguridad estuvieran encargados, los vigilantes podrán realizar controles de identidad de personas y, si procede, impedir su entrada, sin retener la documentación personal…”.(subrayo lo de si procede por que los requisitos para entrar o no deberán estar estipulados para el vigilante)

Las funciones del personal de seguridad, en cuanto complementarias y subordinadas respecto de las de seguridad pública (artículo 1 de la Ley 23/1992), han de ceñirse a la colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siguiendo las instrucciones que éstas les impartan.Es decir que actuarán como auxiliares de la Policía;En este sentido, el artículo 66 del repetido Reglamento dispone que “el personal de seguridad privada tendrá obligación especial de auxiliar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones, de prestarles su colaboración y de seguir sus instrucciones en relación con las personas, los bienes, establecimientos o vehículos de cuya protección, vigilancia o custodia estuvieren encargados”.

En cuanto a los principios de actuación, el artículo 1.3 de la Ley 23/1992, y el artículo 67 de su Reglamento de desarrollo establecen que “el personal de seguridad privada se atendrá en sus actuaciones a los principios de integridad y dignidad; protección y trato correcto a las personas,evitando abusos, arbitrariedades y violencias y actuando con congruencia y proporcionalidad en la utilización de sus facultades y de los medios disponibles”, por lo que si para proteger bienes o personas deben comprobar mediante escaner que nadie porta armas pues están perfectamente habilitados para ello.

Espero haberte sacado de dudas compañero.... :wink:
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Loup
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¡Eres un "crack"!

Mensaje por Loup »

Hola, amigo Bur,
Eres un crack. Siempre me sorprendes con tu información exhaustiva, pormenorizada y sobre todo, documentada. Gracias.

Un abrazo,

Loup :splat:
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Javi M.
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Re: Control de abcesos (centros privados)

Mensaje por Javi M. »

Esto es un abceso
Imagen

Tu te refieres a los accesos... (que no son tan divertidos :silly: )
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Loup
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Accesos...

Mensaje por Loup »

Hola, Javi M.,
¡Vaya metedura de pata! Un gazapo como una catedral. Sí, claro, me refería a accesos y no a abcesos...

Un saludo,

Loup :oops:
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Loba
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Re: Control de abcesos (centros privados)

Mensaje por Loba »

Javi, en realidad eso es un ABSCESO, no un abceso :wink:

Perdón por la interrupción.

Un saludo.
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Loup
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Morfosintaxis...

Mensaje por Loup »

Hola, Loba,
¡Bravo por ti! Nos has dado una lección de morfosintaxis...

Un saludo,

Loup :wink:
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kyro
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Re: Control de abcesos (centros privados)

Mensaje por kyro »

Javi, en realidad eso es un ABSCESO, no un abceso

Perdón por la interrupción.
Lo siento Loba, pero eso no es un Absceso, eso lo que es es una putada :lol:
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bur
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Re: Control de abcesos (centros privados)

Mensaje por bur »

--No te preocupes loup, que yo te he entendido a la primera.

:wink:
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Javi M.
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Re: Control de abcesos (centros privados)

Mensaje por Javi M. »

No te preocupes loup, que yo te he entendido a la primera.
Yo también, pero me molaba la foto :silly:
Javi, en realidad eso es un ABSCESO, no un abceso :wink:
Tienes razón, pero así de primeras se parece más que a "accesos" :lol:
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