En este foro se habla de defensa policial y militar (métodos, armamento, etc.), así como de los aspectos jurídicos implicados (legislación sobre agresiones, etc). Se evitará entrar en debates políticos, y se potenciará el debate técnico. Este NO es un foro de sucesos ni de política.
Hola, amigos,
Un compañero de trabajo, sin tu previo consentimiento, ¿puede sacarte una fotografía con el móvil y después mostrarla a otros compañeros o a los jefes? Tengo entendido que es ilegal.
Loup escribió:Hola, amigos,
Un compañero de trabajo, sin tu previo consentimiento, ¿puede sacarte una fotografía con el móvil y después mostrarla a otros compañeros o a los jefes? Tengo entendido que es ilegal.
Salu2,
Loup
¡Joder Loup!, lo es en la misma medida en la que tú le puedes pedir que no te saque fotos y también en la misma en la que fuera del trabajo, le puedes dar una hostia mientras gritas que tu equipo de fútbol es el mejor y que un mierda como él tendría que limpiarse la boca antes de mentarlo.
¿Que estabas haciendo que no debías para que esa foto te preocupe? (lo digo porque si a mi alguien me viene con una foto de un compañero trabajando, pues como que le indico amablemente que no me de el coñazo...).
--Quizá la respuesta la encuentres en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
--Quizá la respuesta la encuentres en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
Creo que el punto 5 del artículo 7 del capítulo II deja clara la respuesta: Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección delimitado por el artículo 2 de esta ley:
5. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo 8.2.
en el ejercito motivan a que se hagan fotos de compañeros en actitudes ''irregulares'', pero solo para dar parte, no para mostrar en publico, tambien digo que en otros sitios desconozco la politica en este tema..
saludos
¿te han pillado robando bolis?
¿levantando faldas?
¿con el dedo en la nariz?
¿oliendo bragas?...
estamos en ascuas...
Pues un colega, para gastarnos una broma, se puso un sujetador de color rojo fuego en la cabeza, entrando a primera hora de la mañana -sabía de antemano que el encargado y el director no estaban presentes-, con objeto de hacernos reír a mandíbula batiente. Una compañera se fijó que uno de los habituales trepas con tendencia al chivatazo le hizo una fotografía con su móvil. ¿Intenciones? De momento, creemos que exentas de maldad.
Loup escribió:
Pues un colega, para gastarnos una broma, se puso un sujetador de color rojo fuego en la cabeza, entrando a primera hora de la mañana -sabía de antemano que el encargado y el director no estaban presentes-, con objeto de hacernos reír a mandíbula batiente. Una compañera se fijó que uno de los habituales trepas con tendencia al chivatazo le hizo una fotografía con su móvil. ¿Intenciones? De momento, creemos que exentas de maldad.
Loup escribió:Hola, amigos,
Un compañero de trabajo, sin tu previo consentimiento, ¿puede sacarte una fotografía con el móvil y después mostrarla a otros compañeros o a los jefes? Tengo entendido que es ilegal.
Salu2,
Loup
Yo le daría una hostia al listo, o al menos, le cogería de la pechera y le diría: Ni una más chavalín jeje
bur escribió:--Quizá la respuesta la encuentres en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
estaba pensndo justamente en eso, la publicacion, difusion o uso de esas imagenes pueden ir contra tu honor, derecho a la intimidad y demas