Hola Loup,
http://www.boe.es/boe/dias/1999/12/14/p ... -43099.pdf
LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
...
3.Son infracciones graves:
...
b) Proceder a la creación de ficheros de titularidad privada o iniciar la recogida de datos de carácter personal
para los mismos con finalidades distintas de las que constituyen el objeto legítimo de la empresa o entidad.
c) Proceder a la recogida de datos de carácter personal sin recabar el consentimiento expreso de las personas
afectadas, en los casos en que éste sea exigible.
...Artículo 45. Tipo de sanciones.
1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 100.000 a 10.000.000 de pesetas.
2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 10.000.000 a 50.000.000 de pesetas.
3. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 50.000.000 a 100.000.000 de pesetas.
4. La cuantía de las sanciones se graduará atendiendo a la naturaleza de los derechos personales afectados,
al volumen de los tratamientos efectuados, a los beneficios obtenidos, al grado de intencionalidad, a la
reincidencia, a los daños y perjuicios causados a las personas interesadas y a terceras personas, y a cualquier
otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de antijuridicidad y de culpabilidad presentes en
la concreta actuación infractora.