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Aprenda a interpretar correctamente el Código Penal

Publicado: 17 Mar 2006 09:38
por Snake
Aprenda a interpretar correctamente el Código Penal, siguiendola lógica
aplicada por la industria y que considera que la reproducción, distribución
y comunicación pública de obras intelectuales que te den cualquier
beneficio o utilidad es delictiva.

Siguiendo la interpretación que hace la industria del artículo 270 del
Código Penal, elija cuál es la acción considerada de mayor gravedad:

PREGUNTA:
(a) Enrique se descarga una canción de Internet.
(b) Enrique decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a
hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda
una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.

RESPUESTA:
La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años.
El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito
sino una simple falta (art. 623.1 CP).

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PREGUNTA:
(a) Enrique se descarga una canción de Internet.
(b) Enrique va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se
lleva cincuenta compactos por valor global de 1.000 euros.


RESPUESTA:
Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (artículo 234 C.P.).

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PREGUNTA:
(a) Enrique, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una
canción de Malena Gracia.
(b) Enrique, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche
devolviéndolo 40 horas después.

RESPUESTA:
Sería más grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena a tenor del artículo 244.1 del Código Penal.

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PREGUNTA:
(a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
(b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o
instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.

RESPUESTA:
Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.

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PREGUNTA:
(a) Antonio copia la última película de su director favorito de un DVD que
le presta su secretaria Susana.
(b) Antonio, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa
sexualmente a Susana.

RESPUESTA:
El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 CP.

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PREGUNTA:
(a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas
por copyright y sin autorización de los autores.
(b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.

RESPUESTA:
La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el artículo 186 del C.P. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

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PREGUNTA:
(a) Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas diciéndole que es el "Kill'em All" de Metallica.
(b) Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.

RESPUESTA:
La segunda broma sería menos grave a tenor del artículo 630 del Código
Penal.

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PREGUNTA:
(a) Juan fotocopia una página de un libro.
(b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película "Los Ángeles de Charlie".

RESPUESTA:
La acción más grave desde un punto de vista penal sería la "a" puesto que la reproducción, incluso parcial, sería un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal."

Publicado: 17 Mar 2006 10:35
por Koryu
como dice el gran Forges : "PAÍS"

reímos :lol: o lloramos :cry: ?

Publicado: 17 Mar 2006 11:59
por Paco
Real como la vida misma.

El otro día oí en la radio que un tribunal había sentenciado a pena de PRISION de 14 dias, y pago de una multa de casi 600€ a una chica que no había comparecido en las elecciones, habiendo sido designada SUPLENTE DEL VOCAL.

Está claro a quien se puede sangrar, a los trabajadores con su nómina, su casa, y cuatro cosillas que poder expropiar si llega el caso. Luego, conduces sin carnet, matas a un tío, te das a la fuga, mientes a la justicia diciendo que ha sido otro, y no pasa ná, en 4 dias estás bailando y montando saraos, c**o, que uno es un artista, bastante desgracia tiene ya uno con ese cargo de conciencia.

Hay que joderse.

pd. La vocal que se joda por no haber cumplido su obligación, c**o, haber pertenecido a una etnia o clase socialmente oprimida.

pd2. Y cuidadín con meter en la cárcel a Otegui, que ETA puede extorsionar y hacer estallar bombas mientras "se dan pasos de acercamiento a la paz", pero que no se le ocurra al Estado hacer cosas que molesten al "entorno de ETA", no vayamos a perder una gran oportunidad para la paz.

Hay que joderse (y van...)

Pufff, se me va la olla... , mejor lo dejo.

Publicado: 17 Mar 2006 12:35
por ant_hap
Muy bien expresado el codigo penal que tenemos y que solo vemos las diferencias los que estamos en la calle "currando" con él. La sociedad solo se entera si sale en tele5!!!!.

enhorabuena por las comparaciones tan claramente visibles!!!

Publicado: 17 Mar 2006 12:48
por Sajite
esa es la logica de las distribuidoras pero las descarga a través de intenet sólo es delito si se hace con ánimo de lucro

siento joder el chite pero esa es la premisa que quieren vender los señores de la SGAE y sus acólitos y no coincide con el código penal
han hecho un código penal y han informado (están informando de otra cosa)


http://compartiresbueno.net/index.php/2 ... -detenido/

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/reals/Lpi.html

http://www.caravantes.com/04/penal.htm

Publicado: 17 Mar 2006 14:50
por Solid_Snake
Pregunta : ¿Qué está más penado?.

A ) Una típica discusión de pareja que surge pongamos por caso en la calle, llega la policía y te detiene.

B ) Va un cabrón por la calle y le dá un chorro de hostias a una chavala.

Respuesta : Es más grave la pregunta A pues según el 153.2 del Código penal, el que por cualquier medio menoscabe psíquicamente a sú cónyuge ( y la jurisprudencia en ocasiones lo interpreta así por una mísera discusión que no acarrea ningún tipo de mal trato ) será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año; mientras que por el segundo caso, se castiga según el 617.2 de dos a seis dias de localización permanente.

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A ) Situación en la que te enfrentas a un tipo que lleva una navaja, se la quitas y te lo cargas EN DEFENSA PROPIA.

B ) Misma situación, pero el tío te apuñala a ti.

Es más penada la primera acción pues no concurre la legítima defensa por la desproporcionalidad de los hechos e incluso podría incurrir las circunstancias agravantes del asesinato de alevosía ( no dejar lugar a defender al otro ) y ensañamiento ( previa manta de hostias que le damos para quitarle el arma ). Bien, mientras el A tiene una pena de 10 a 15 años, que no son pocos, el B tiene una pena haciendo cálculos, de 22 años a 25.

Lo que estoy diciendo es de una sentencia vista en clase dictada por un Juez. Así que...justicias hay tantas como jueces por desgracia y desde luego el CP parece que quienes lo elaboran se corren una juerga padre previamente para meter patalajes como los que estamos viendo.

Publicado: 18 Mar 2006 13:02
por ArtistaMarcial
Snake, Solid_Snake, ¿Esos casos son ciertos o son de broma? Tal y como está el tema, la verdad es que es difícil distinguir si una cosa es cierta o de broma...

Publicado: 25 Mar 2006 01:38
por zTwFqehMBI
Ese texto creo recordar que es del abogado David Bravo, un auténtico crack en estos asuntos y que para más señas, aquí tenéis unos cuantos videos suyos:

http://www.youtube.com/results?search=d ... rch=Search

Que los disfrutéis ;)