Una de legalidad y artes marciales (video)
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Una de legalidad y artes marciales (video)
No se si ya conocéis este video pero me he topado con el, y como es un tema muy tratado e interesante, aquí os lo pongo. ¿Qué opináis?
Primera Parte:
Segunda Parte:
Saludos.
Primera Parte:
Segunda Parte:
Saludos.
Discrepo del letrado.
En sintesis: repite en varias ocasiones que el hecho de practicar Artes Marciales es suficiente para que sea juzgado más severamente que si no las practicase.
Error. Eso sería valido en un derecho penal de autor con antecedentes en la escuela de Kiel.
El derecho penal de autor es aquel en que además de los hechos realizados es preciso que el sujeto cumpla el tipo de autor tipificado, lo cual no es el caso en nuestro Derecho.
En nuestro derecho el hombre delinque por lo que hace, no por lo que es o sabe.
Si sus conocimientos no se han exteriorizado y han producido un resultado apreciable en el mundo exterior nunca podrá ser condenado más severamente que el que no tiene tales conocimientos.
por otra parte no debemos olvidar que la proporcionalidad no es un requisito EXPRESAMENTE contemplado en el codigo penal.
Más bién el codigo contempla la necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión, y necesidad racional no es lo mismo que proporcionalidad.
cierto que la jurisprudencia lo ha exijido en alguna ocasión pero hay que estar al caso concreto y no extrapolarlo a todos los casos.
Necesidad racional es aquella que entre las varias opciones que tiene el defensor éste escoje la menos lesiva, que no tiene porque ser proporcional si no tiene otra.
Ejemplo: una mujer en la cocina está a punto de recibir un bofetón y antes de recibirlo atiza un sartenazo a su agresor.
¿Es proporcional el sartenazo al bofetón? no, no lo es
¿Tenía necesidad racional de emplear el sartenazo para impedir la agresión? posiblemente si. De los diferentes medios que tenía a su disposición utilizó el menos lesivo (pudo haber empleado un cuchillo y no lo utilizó) y tampoco sería racional utilizar otro bofetón porque tal vez no impediría la agrasión.
Por otra parte habla el letrado que al practicante se le presumen unos conocimientos para luchar.
Es mucho presumir y el derecho penal precisa de algo más que presunciones. Habría que acreditar que efectivamente esos conocimientos han producido un abuso de superioridad.
Ejemplo, y sin ánimo de abrir polemicas, ¿Cuantos de los que leen este foro, de verdad se sienten tan superiores respecto a una posible pelea en la calle, de quienes no tienen tales conocimientos pero si mucha practica en la calle?.
Un saludo.
En sintesis: repite en varias ocasiones que el hecho de practicar Artes Marciales es suficiente para que sea juzgado más severamente que si no las practicase.
Error. Eso sería valido en un derecho penal de autor con antecedentes en la escuela de Kiel.
El derecho penal de autor es aquel en que además de los hechos realizados es preciso que el sujeto cumpla el tipo de autor tipificado, lo cual no es el caso en nuestro Derecho.
En nuestro derecho el hombre delinque por lo que hace, no por lo que es o sabe.
Si sus conocimientos no se han exteriorizado y han producido un resultado apreciable en el mundo exterior nunca podrá ser condenado más severamente que el que no tiene tales conocimientos.
por otra parte no debemos olvidar que la proporcionalidad no es un requisito EXPRESAMENTE contemplado en el codigo penal.
Más bién el codigo contempla la necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión, y necesidad racional no es lo mismo que proporcionalidad.
cierto que la jurisprudencia lo ha exijido en alguna ocasión pero hay que estar al caso concreto y no extrapolarlo a todos los casos.
Necesidad racional es aquella que entre las varias opciones que tiene el defensor éste escoje la menos lesiva, que no tiene porque ser proporcional si no tiene otra.
Ejemplo: una mujer en la cocina está a punto de recibir un bofetón y antes de recibirlo atiza un sartenazo a su agresor.
¿Es proporcional el sartenazo al bofetón? no, no lo es
¿Tenía necesidad racional de emplear el sartenazo para impedir la agresión? posiblemente si. De los diferentes medios que tenía a su disposición utilizó el menos lesivo (pudo haber empleado un cuchillo y no lo utilizó) y tampoco sería racional utilizar otro bofetón porque tal vez no impediría la agrasión.
Por otra parte habla el letrado que al practicante se le presumen unos conocimientos para luchar.
Es mucho presumir y el derecho penal precisa de algo más que presunciones. Habría que acreditar que efectivamente esos conocimientos han producido un abuso de superioridad.
Ejemplo, y sin ánimo de abrir polemicas, ¿Cuantos de los que leen este foro, de verdad se sienten tan superiores respecto a una posible pelea en la calle, de quienes no tienen tales conocimientos pero si mucha practica en la calle?.
Un saludo.
jo...., uf la verdad es que la ley es un poco dificil, bravo.
la verdad es que trabajo en una discoteca, y soy profesor de artes marciales, a la hora de "trabajar" no piensas en que si le pegas al otro te van a enchironar, simplemente solucionas la situacion lo mas livianamente posible, intentando no causar daño alguno, aunque la mayoria de veces todo acaba en cuatro gritos, a veces no, y os puedo asegurar que he salido bastante bien parado, la mayoria de personas que tienen la poca cabeza de meterse contra un par de "seguratas" no esta muy fina, y eso en los juicios se refleja. Otra cosa seria que los susodichos "seguratas" fueran unos macarras, en eso la cosa cambia.
por cierto la palabra "segurata" a mi me espanta, pero asi nos entendemos mejor.
Bruxo
la verdad es que trabajo en una discoteca, y soy profesor de artes marciales, a la hora de "trabajar" no piensas en que si le pegas al otro te van a enchironar, simplemente solucionas la situacion lo mas livianamente posible, intentando no causar daño alguno, aunque la mayoria de veces todo acaba en cuatro gritos, a veces no, y os puedo asegurar que he salido bastante bien parado, la mayoria de personas que tienen la poca cabeza de meterse contra un par de "seguratas" no esta muy fina, y eso en los juicios se refleja. Otra cosa seria que los susodichos "seguratas" fueran unos macarras, en eso la cosa cambia.
por cierto la palabra "segurata" a mi me espanta, pero asi nos entendemos mejor.
Bruxo



